jueves, 30 de enero de 2014

La enseñanza en la Segunda República Española

Texto elaborado el 1931 por Lorenzo Luzuriaga y encargado por el Consell d’Instrucció Pública para que fuera la base para la confección de la Ley De instrucción pública.

1.      La educación pública es esencialmente función del Estado.
a)              [ ... ] No se excluye, sin embargo, a la enseñanza privada, siempre que ésta no persiga fines políticos o confesionales partidistas [ ... ].

2. La educación pública es laica o extraconfesional.
3. La educación pública es gratuita.
a)              Se reconoce la gratuidad en todos los grados de enseñanza, especialmente en la primaria y secundaria, pudiéndose percibir solamente retribuciones o dere­chos de matrícula en la enseñanza superior; pero aun en éstas se establecerá por lo menos un 25 por 100 de matrículas gratuitas.

4. La educación pública tiene un carácter activo y creador.
a)              [ ... ] En todas las instituciones de educación se aplicarán, pues, los métodos de la escuela activa o del trabajo [ ... ].

5. La educación Pública tiene un carácter social.
6. La educación pública atiende por igual a los alumnos de uno y otro sexo.
a)             Para ello es esencial el establecimiento de la coeducación en todos los gra­dos de enseñanza [...].

7. La educación pública constituye una unidad orgánica. Dentro de ella exis­ten tres grados esenciales íntimamente relacionados de suerte que pueda pasar­se fácilmente de unos a otros:
a)                El primer grado comprende dos ciclos: primero, de los cuatro a los seis años con Instituciones preescolares y de asistencia Infantil, de carácter volunta­rio; segundo, de los seis a los doce años, o sea, el de la actual escuela primaria, que se denominará escuela básica y que será obligatoria y común para todos los niños de aquella edad.
b)                El segundo grado equivalente a la actual enseñanza secundaria está constituido también por dos ciclos. El primero, de los doce a los quince años, amplía la educación de la escuela básica, inicia la preparación pro­fesional y constituye el fundamento de la segunda enseñanza. En él se incluye a más de los estudios literarios los de carácter tecnológico y manual. Se aspirará a hacer obligatoria la asistencia a este grado al menos en las grandes ciudades. El segundo ciclo, de los quince a los dieciocho años, cierra la educación secundaria y prepara para la superior y especial, ramificándose en tres grupos: científico, tecnológico y humanista. La asistencia a él tiene carácter voluntario.
c)                El tercer grado lo constituye la enseñanza superior. Consta también de dos ciclos equivalentes a las actuales licenciaturas y doctorados.

Pérez Galán, Mariano (1977): La enseñanza en la Segunda República Española, Madrid, Cuadernos para el Diálogo, p. 62‑64.

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