“El partido reaccionario (partido moderado), cuyo sistema patentiza los principios proclamados hasta hoy por sus defensores , bajo el falso título de constitucionales, aceptó obligado por las circunstancias la Constitución de 1837 producto de la soberanía nacional, pero se propuso minar por su cimiento el edificio que se había construido con leyes contrarias a su verdadero espíritu...
Y si volvemos los ojos a esa llamada ley de Ayuntamientos tan abiertamente contraria a la Constitución, ¿no vemos sancionada en ella una coacción inmoral a la votación de los concejales, dado que todos sus acuerdos habían de ser visados por el jefe político quien podía fulminar persecuciones contra aquel que votase en un sentido contrario a las miras del gobierno?
La soberanía nacional ha sido y es nuestro principio de gobierno...
Igual predilección reclama la venta de los bienes nacionales, incluso los cuantiosos del clero secular, no sólo por su importancia e influencia sobre el crédito, sino como garantía del régimen constitucional... Reconocida la necesidad de enajenar los bienes del clero secular y de abolir el odiado diezmo y la primicia, es indispensable proveer el mantenimiento del culto de un modo capaz de conservar a sus venerables ministros...
Tales son, en suma, las brevísimas indicaciones sobre los abusos que entorpecen nuestra regeneración y reformas que pudieran adoptarse.”
Manifiesto de la Junta de Madrid, 12 de octubre de 1840.
PROGRAMA POLÍTICO DEL MOVIMIENTO REVOLUCIONARIO DE 1840.
martes, 6 de marzo de 2012
lunes, 5 de marzo de 2012
La regencia de Espartero(1840-1843)
En 1841, Espartero forzó la salida de España de la regente María Cristina y se proclamó regente a su vez. Su acción de gobierno fue poco acertada. Su liberalismo le impulsó a liberalizar el comercio de tal modo, que perjudicó gravemente a la industria nacional, que no podía resistir la competencia extranjera.
La ruina del ramo textil catalán, a causa de las importaciones de Inglaterra, desencadenó una rebelión en Barcelona que fue violentamente reprimida (1842). Los antiguos camaradas de armas de Espartero se volvieron contra él, y no tardó en estallar una rebelión en Sevilla.
Baldomero Espartero (imagen izquierda)
En 1845, Narváez inspiró la reforma de la Constitución de 1837 en un sentido conservador se atribuía la soberanía nacional al rey y a las Cortes, no al pueblo, y el cuerpo electoral venía a ser el l % de la población , que atenuó o al menos retrasó en España los efectos de la Revolución francesa de 1848. Tras el conflicto con la Iglesia a raíz de la desamortización, las relaciones se normalizaron en virtud del Concordato de 1851. Los moderados admitían difícilmente la oposición y gobernaban con criterio monopolístico y excluyente.
La corrupción estaba generalizada y llegaba a la propia corte. Isabel II, obligada por razones de Estado a casarse con su primo Francisco de Asís, notorio homosexual, se entregó sucesivamente a varios amantes, alguno de los cuales intervino en política sin el menor reparo. El malestar nacional convergió en el pronunciamiento del general Leopoldo O'Donnell (1800-1867) en 1854, conocido como "la Vicalvarada" (por haberse producido en la localidad madrileña de Vicálvaro). Aunque fracasó, obtuvo amplia adhesión de las capas populares, que protagonizaron disturbios en Madrid en lo que fue una versión local y suavizada de la Revolución de 1848. La situación no se remedió ni siquiera volviendo a llamar a Espartero. O'Donnell acabó accediendo a la jefatura del gobierno (1858) e inauguró una breve etapa de estabilidad, de la que fue artífice ideológico Antonio Cánovas del Castillo (1828-1897).
Fue el llamado gobierno de la Unión liberal. En parte por la momentánea superación de los problemas internos y en parte por mantener ocupados a los militares y por ceder a la moda imperialista europea, se produjo en esta época una intervención armada en Africa. Tomando como pretexto ciertos incidentes registrados en Ceuta, las tropas españolas invadieron Marruecos (1859-1860). En esta campaña descolló el general Juan Prim y Prats (1814-1870), artífice de la victoria de los Castillejos, a la que siguieron la rendición de Tetuán y la victoria de Wad Ras, que puso fin a las operaciones.
domingo, 4 de marzo de 2012
Biografía de María Cristina de Borbón
María Cristina de Borbón
Reina consorte y regente de España (Palermo, Sicilia, 1806 - El Havre, Francia, 1878). Era hija del rey de Nápoles, Francisco I; siendo muy joven se convirtió en la cuarta esposa de su tío Fernando VII de España. En 1830 le dio a éste la descendencia que no había tenido de enlaces anteriores, que resultó ser una niña (la futura Isabel II); oportunamente, el rey había publicado poco antes la Pragmática Sanción, aprobada en 1789, por la que la Casa de Borbón restauraba las prácticas sucesorias tradicionales de Castilla, permitiendo el acceso al Trono de las mujeres.
María Cristina luchó por asegurar la sucesión para su hija frente a las expectativas que había despertado la posibilidad de que el rey muriera sin descendencia en su hermano Carlos María Isidro, cabeza visible de la facción ultrarrealista de la corte. Por su parte, Cristina adoptó una postura aperturista hacia la oposición liberal, con la que había tenido prometedores contactos cuando atravesaba Francia en su viaje hacia España.
Aprovechando una enfermedad del rey en 1832, losultras le hicieron firmar un codicilo anulando su anterior disposición sucesoria y restaurando la Ley Sálica; pero tal rectificación fue a su vez anulada cuando Fernando VII recobró la salud. La inevitable confrontación estalló al morir el rey en 1833, dejando como heredera a una niña de tres años y como regente durante su minoría de edad a su madre María Cristina.
La rebelión de los absolutistas, agrupados en el bando carlista, dio lugar a siete años de guerra civil (1833-40), que obligaron a María Cristina a buscar apoyo entre los liberales para garantizar el Trono de Isabel. Contando con el reconocimiento de Francia e Inglaterra, María Cristina fue avanzando hacia una monarquía constitucional a medida que se lo demandaba la presión liberal.
En 1834 llamó a gobernar al moderado Martínez de la Rosa, quien dictó una amnistía para los liberales perseguidos por el régimen absolutista y puso en marcha unas primeras Cortes electivas mediante el Estatuto Real de aquel año. La presión combinada de los movimientos populares y de los pronunciamientos militares, unida a la necesidad de reforzar el bandocristino en la guerra contra los carlistas, determinaron la caída de aquel gabinete y la llamada al poder del progresista Mendizábal (1835), que puso en marcha la desamortización de los bienes de la Iglesia.
Aprovechando su prestigio militar, Espartero se erigió en líder de los liberales progresistas y en 1840 dio un golpe por el que derrocó a la regente, asumiendo él mismo la Regencia del Reino al año siguiente. María Cristina y su marido tuvieron que exiliarse en París, desde donde organizaron conspiraciones con los moderados para recuperar el poder; fracasado un primer intento, obra de Diego de León (1841), por fin el golpe de Estado del general Narváez declaró la mayoría de edad anticipada de Isabel II y permitió a la reina madre regresar a España (1843).En 1836 se produjo el «Motín de los sargentos» de La Granja, que condujo a la liquidación del régimen del Estatuto Real; tras un breve periodo de vigencia de la Constitución de 1812, los progresistas elaboraron una nueva Constitución liberal en 1837. Bajo aquel régimen consiguió el general Espartero derrotar por fin a los carlistas en 1839-40. Entretanto, María Cristina se había hecho impopular, tanto por sus inequívocas inclinaciones políticas conservadoras, como por su matrimonio morganático con un guardia de su escolta llamado Fernando Muñoz, con quien tuvo varios hijos y emprendió los más turbios negocios.
Desde la sombra siguió ejerciendo gran influencia en la corte, organizó los matrimonios reales, nombró a su marido duque de Riánsares y se enriquecieron ambos participando en toda clase de negocios. Eso explica su descrédito creciente, que se manifestó cuando, durante una nueva revolución progresista en 1854, fue saqueado su palacio madrileño y posteriormente secuestrados sus bienes por el gobierno de Espartero. Tras la caída de éste en 1856 regresó ocasionalmente a España, pero ya no influyó directamente en los asuntos políticos.
sábado, 3 de marzo de 2012
TEXTO con cuestiones guiadas Exposición de D.Juan Alvarez de Mendizábal a S. M. La reina Gobernadora
TEXTO con cuestiones guiadas
Señora: vender la masa de bienes que han venido a ser propiedad de la nación no es tan sólo una promesa solemne y dar una garantía positiva a la Deuda Nacional por medio de una amortización exactamente igual al producto de las rentas; es abrir una fuente abundantísima de felicidad publica; vivificar una riqueza muerta; desobstruir los canales de la industria y de la circulaci6n; apegar al país por el amor natural y vehementemente a todo lo propio; ensanchar la patria, crear nuevos y firmes vínculos que liguen a ella; es, en fin, identificar con el trono excelso de Isabel II, símbolo del orden y de la libertad. No es, Señora, ni una tría especulación mercantil, ni una mera operación de crédito ( ) es un elemento de animación, de vida y de ventura para España . Es si puedo explicarme así, el complemento de su resurrección política.
El decreto que voy a tenerla honra de someter a la augusta aprobación de V M. sobre la venta de esos bienes adquiridos ya por la nación, así como en su resultado material, ha de producir el beneficio de minórar la fuerte suma de la Deuda Pública, es menester que en su tendencia, en su objeto y aun en los medios por donde aspire a aquel resultado, se enlace, se encadene, se funde en la alta Idea de crear una copiosa familia de propietarios cuyos goces y cuya existencia se apoye principalmente en el triunfo completo de nuestras actuales instituciones.
Artículo 1.' Ouedan declarados en venta desde ahora todos los bienes raíces de cualquier clase que hubiesen pertenacido a las comunidades y corporaciones religiasas extinguidas, y los de los que hayan sido adjudicados a la nación por cualquier título o motivo, y también todos los que en adelante lo fueren desde el acto de su adjudícación.
ArtIculo 2.' Se exceptúan de esta medida general los edificios que el gobierno desrine para el servicio público o para conservar monumentos de las artes o para honrar la memoria de hazañas nacionales (--)
viernes, 2 de marzo de 2012
Texto…ESTATUTO REAL DEL 34
Texto…ESTATUTO REAL DEL 34
Artículo 24: Al rey toca, exclusivamente, convocar, suspender y disolver las Cortes.
Artículo 31: Las Cortes no podrán deliberar sobre ningún asunto que no se haya sometido a su examen en virtud de un real decreto.
Artículo 32: Queda, sin embargo, expedito el derecho que siempre han ejercitado las Cortes de elevar peticiones al Rey(…)
jueves, 1 de marzo de 2012
Regencia de María Cristina (1833-1840)
A la muerte del rey Fernando VII, cuyo reinado se caracterizó por la imposición del Absolutismo frente a las numerosas intentonas liberales, se produjo un grave problema dinástico. El monarca dejaba dos hijas menores de edad, en un tiempo en el que la Ley Sálica dictada porFelipe V prohibía a las mujeres reinar. Ante ello, el infante Carlos María Isidro, hermano de Fernando VII, se proclamó heredero, lo que provocó la I Guerra Carlista. Los partidarios de don Carlos eran partidarios de mantener el Absolutismo. Por su parte, los liberales pusieron sus esperanzas en la futura Isabel II.
En 1833, al morir Fernando VII, la reina viuda María Cristina de Borbón juró la Regencia de su hija Isabel. Pasaría a la Historia con el sobrenombre de la “Reina gobernadora”. Ante la encrucijada que se le presentaba a la regente entre Liberalismo y Absolutismo, optó por la primera opción, convencida por políticos afines al mismo. Esta decisión desencadenó la I Guerra carlista, desarrollada principalmente en las provincias vascas y el Maestrazgo (Castellón). Esta contienda terminaría años más tarde, con el famoso “Abrazo de Vergara”.
María Cristina de Borbón ocupó la Regencia hasta 1841. En todo este tiempo se rodeó de un nutrido grupo de políticos e intelectuales liberales, que desarrollaron sus tareas de gobierno en medio del hostil ambiente de la guerra. Poco a poco, el Liberalismo iría imponiéndose, aunque la consolidación definitiva del mismo no llegaría hasta muchas décadas después.
Entre los presidentes de gobierno de esta Regencia, destacan nombres muy importantes. Entre ellos, estaba Martínez de la Rosa. Él fue el impulsor y redactor del Estatuto Real. Este texto consistió en una especie de “Carta otorgada”, sin llegar a ser una Constitución, ya que no emanó de la representación del pueblo. De esta manera, se tapaba la que hasta entonces se consideraba verdadera Constitución, la promulgada en Cádiz en 1812, en pleno desarrollo de la Guerra de Independencia.
El Conde de Toreno fue otro de los titulares de la presidencia del gobierno durante la Regencia. Él dio uno de los primeros pasos en la política anticlerical de los liberales, al decretar la expulsión de los jesuitas de España. Siguiendo esa línea, Juan Álvarez de Mendizábal ejecutó la primera gran desamortización de bienes eclesiásticos, en 1836; a ésta le seguirían otras, como la de Madoz.
La intención de tal medida consistió en vender las tierras que estaban en posesión de la Iglesia, conventos y monasterios para que fueran compradas por las clases menos pudientes. Sin embargo, fue la aristocracia y la alta burguesía la que se hizo verdaderamente con esos bienes. Por tanto, lo poco que se consiguió fue crear una nueva clase de grandes propietarios, sin que se pudiesen llevar a cabo los deseos de la población más desfavorecida.
En 1837, con Calatrava a la cabeza del gobierno, se redactó una nueva Constitución, que dejaba atrás el antiguo texto de Cádiz y el Estatuto Real de Martínez de la Rosa. Se trató de una Constitución de tintes más liberales que la de 1812, que daba mayores poderes a las Cortes, aunque los diputados se elegían por sufragio restringido. Ello significada que únicamente podían votar aquellos ciudadanos con un determinado nivel de rentas.
Este período de regencia se caracteriza también por la progresiva descomposición de los liberales en varias tendencias políticas. Nacen así el Partido Moderado, el Progresista y el Liberal, a los que más tarde se añadiría la Unión Liberal. Frente a todos ellos, quedaban los Carlistas, que seguían aferrados al Absolutismo y al Foralismo más exacerbado.
La Regencia hacía frente, por tanto, en todos estos años a progresivos cambios en pro del Liberalismo. Sin embargo, en 1841, María Cristina de Borbón abdicó de su cargo, que fue asumido por el general Baldomero Espartero. Su regencia se alargaría hasta 1843, hasta que fue decretada la mayoría de edad de Isabel II, con sólo 16 años de edad. Se iniciaría entonces un nuevo reinado en España, cargado de altibajos políticos y escándalos personales que terminarían con la expulsión de Isabel II, tras la revolución de 1868
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