jueves, 18 de julio de 2013

TEXTO: Tratado de Versalles. Parte VIII. Reparaciones.

“Artículo 231.
Los gobiernos aliados y asociados declaran y Alemania reconoce, que Alemania y sus aliados son responsables, por haberlos causado, de todos los daños sufridos por los gobiernos aliados y asociados y sus habitantes a consecuencia de la guerra, a la que les ha conducido la agresión de Alemania y sus aliados.
Artículo 232.
Los gobiernos aliados y asociados exigen, y Alemania se compromete, que sean reparados todos los daños causados a la población civil de las potencias aliadas y asociadas y sus bienes.
Artículo 233.
La cuantía de estos daños, por cuya reparación debe pagar Alemania, será fijada por una comisión interaliada, que tomará el título de Comisión de Reparaciones.”

Tratado de Versalles. Parte VIII. Reparaciones.

miércoles, 17 de julio de 2013

TEXTO: Los 14 puntos de Wilson

1. Prohibición de la diplomacia secreta en el futuro.
2. Absoluta libertad de navegación en la paz y en la guerra fuera de las aguas jurisdiccionales.
3. Desaparición de las barreras económicas.
4. Garantía de la reducción de los armamentos nacionales.

5. Reajuste, absolutamente imparcial, de las reclamaciones coloniales (...).

6. Evacuación de todo el territorio ruso, dándose a Rusia la oportunidad para su desarrollo.
7. Restauración de Bélgica en su completa y libre soberanía.
8. Liberación de todo el territorio francés y reparación de los perjuicios causados por Prusia en 1871.
9. Reajuste de las fronteras italianas de acuerdo con el principio de nacionalidad.
10. Desarrollo autónomo de los pueblos de Austria- Hungría.
11. Evacuación de Rumania, Serbia y Montenegro, concesión de un acceso al mar a Serbia y arreglo de las relaciones entre los Estados balcánicos de acuerdo con sus sentimientos y el principio de la nacionalidad.
12. Seguridad de desarrollo autónomo de las nacionalidades no turcas del Imperio Otomano.
13. Polonia, Estado independiente, con acceso al mar.
14. Asociación general de naciones, a constituir mecfiante pactos específicos con el propósito de garantizar mutuamente la independencia política y la integración territorial, tanto de los Estados grandes como e los pequeños.
La propuesta del presidente Wilson. 1918.

martes, 16 de julio de 2013

TEXTO. Lloyd George. 25 de marzo de 1919.

“El mayor problema que percibo es que Alemania puede asociar su destino al del bolchevismo y poner sus recursos, su talento, su gran poder de organización, a la disposición de los revolucionarios fanáticos cuyo sueño es conquistar el mundo mediante el bolchevismo, mediante la fuerza de las armas. (...) Si somos inteligentes, ofreceremos a Alemania una paz que, al tiempo que sea justa, sea para todo hombre sensato, preferible a la alternativa del bolchevismo.”
Lloyd George. 25 de marzo de 1919.

lunes, 15 de julio de 2013

TEXTO: Palabras de G. Clemenceau. Sesión del Consejo de los Cuatro, 28 de marzo 1919

"Levanto acta de las palabras y de las excelentes intenciones del Presidente Wilson; pero eliminan el sentimiento y el recuerdo y es en eso en donde yo tengo una reserva a hacer en lo que se acaba de decir. El Presidente de los Estados Unidos desconoce el fondo de la naturaleza humana. El hecho de la guerra no puede ser olvidado. América no ha asistido de cerca a esta guerra-durante los tres primeros años; nosotros, en este tiempo, hemos perdido un millón y medio de hombres. Ya no tenemos mano de obra. Nuestros amigos ingleses, que han perdido menos que nosotros pero lo suficiente para haber también sufrido mucho, me comprenderán.
Nuestras pruebas han creado en este país un sentimiento profundo de las reparaciones que se nos deben. Y no se trata sólo de reparaciones que se nos deben. Y no se trata sólo de reparaciones materiales, porque la necesidad de reparaciones morales no es menor. Las doctrinas que acaban de ser invocadas permitirían, si se interpretasen rigurosamente, que nos rehusasen también Alsacia-Lorena. En realidad, el Sarre y Landau forman parte de Alsacia-Lorena."

Palabras de G. Clemenceau. Sesión del Consejo de los Cuatro, 28 de marzo 1919.

viernes, 12 de julio de 2013

TEXTO: Ministro de Asuntos Exteriores británico a los dirigentes del movimiento sionista.

“Foreign Office, 2 de noviembre de 1917.
Estimado Lord Rothschild:
Tengo gran placer en enviarle, en nombre del Gobierno de Su Majestad, la siguiente declaración de simpatía con las aspiraciones sionistas judías, que ha sido sometida al gabinete y aprobada por él.
El Gobierno de Su Majestad ve con ojos favorables el establecimiento en Palestina de una patria nacional para el pueblo judío, y se esforzará lo más posible para facilitar la consecución de este objetivo, quedando claramente entendido que no se hará nada que pueda perjudicar los derechos civiles y religiosos de las comunidades no judías existentes en Palestina, o los derechos y el estatus político de que gozan los judíos en cualquier otro país.
Le agradecería que pusiera esta comunicación en conocimiento de la Federación Sionista.
Sinceramente suyo...”
Arthur James Balfour.
Ministro de Asuntos Exteriores británico a los dirigentes del movimiento sionista. Noviembre de 1917.

jueves, 11 de julio de 2013

TEXTO: La Sociedad de Naciones. Preámbulo y articulado.

“Preámbulo: Las altas partes contratantes, considerando que para fomentar la cooperación entre las naciones y para garantizarles la paz y la seguridad, importa: aceptar ciertos compromisos de no recurrir a la guerra y mantener a la luz del da las relaciones internacionales, fundadas sobre la justicia y el honor; observar rigurosamente las prescripciones del Derecho internacional reconocidas de aquí en adelante como regla de conducta electiva de los Gobiernos; hacer que reine la justicia y respetar escrupulosamente todas las obligaciones de los tratados en las relaciones mutuas de los pueblos organizados, adoptan el presente Pacto, que instituye la Sociedad de Naciones.
Artículo 5.1. Salvo disposición expresa en contrario del presente Pacto, las decisiones de la Asamblea o del Consejo se tomarán por unanimidad de los miembros representados en la reunión (...).
Artículo 7.1. Los miembros de la Sociedad reconocen que el mantenimiento de la paz exige la reducción de los armamentos nacionales al mínimum compatible con la seguridad nacional y con la ejecución de las obligaciones internacionales impuestas por una acción común (...).
Artículo 10. Los miembros de la Sociedad se comprometen a respetar y a mantener contra toda agresión exterior la integridad territorial y la independencia política presente de todos los miembros de la Sociedad (...).
Art. 16.1. Si un miembro de la Sociedad recurriese a la guerra (...), se le considerará ipso facto como si hubiese cometido un acto de guerra contra todos los demás miembros de la Sociedad. Estos se comprometen a romper inmediatamente toda relación comercial o financiera con él, a prohibir toda relación de sus respectivos nacionales con los del Estado que haya quebrantado el Pacto y a hacer que cesen todas las comunicaciones financieras, comerciales o personales entre los nacionales de dicho Estado y los de cualquier otro Estado, sea o no miembro de la Sociedad (...).
4. Todo miembro que se haya hecho culpable de haber violado alguno de los compromisos de la Sociedad podrá ser excluido de ésta".
La Sociedad de Naciones. Preámbulo y articulado.