miércoles, 5 de febrero de 2014

Sobre el problema agrario

Sobre el problema agrario


… el problema de los latifundios en España no es una entelequia inventada por unos cuantos descontentos o idealistas, sino una cuestión grave de enorme trascendencia económica y social para nuestra patria. No se trata solo del hecho de que unos 70’00 propietarios posean más de 6 millones de hectáreas en las regiones manchega, extremeña y andaluza, sino también de que disfrutan la mayor parte de la riqueza que en ellas reproduce, dejado al resto de sus habitantes en situación precaria, y, sobre todo, impidiendo que se intensifique la producción y puedan progresar esas provincias (…). Consecuencia de ellos son: la despoblación de los campos, el deficiente cultivo, los jornales bajos, los arrendamientos caros, la escasa y raquítica ganadería, y, en general, la situación precaria en que se encuentra la tercera parte del territorio nacional (…). Ante estos hechos, es suicida y criminal cerrar los ojos para no verlos  y dejar que pasen los años y aun siglos, como hasta ahora ha ocurrido, sin ponerles remedio. Hay, pues, que afrontar su solución con serenidad pero con energía (…)”

           
                        Los Latifundios en España, Pascual Carrión, Madrid 1932.

martes, 4 de febrero de 2014

La reforma militar

La reforma militar

Artículo 1. Se concede el pase a la situación de segunda reserva, con el mismo sueldo que disfruten en su empleo de la escala activa, a todos los oficiales generales del Estado Mayor General, a los de la Guardia Civil y Carabineros y a la de los Cuerpos de Alabarderos, Jurídico Militar, Intendencia, Intervención y Sanidad, en sus dos secciones de Medicina y Farmacia, que lo soliciten del Ministerio de Guerra dentro de los treinta días siguientes al de la publicación de este decreto.

Artículo 2. Se concede el pase a la situación de retirado, con el mismo sueldo que disfruten actualmente en su empleo y cualesquiera que sean sus años de servicios, a todos los Jefes, Oficiales y asimilados, así en situación de actividad como en la de reserva retribuida de las distintas Armas y Cuerpos del Ejército. Incluso los Oficiales menores de Guardias de Alabarderos, que lo soliciten del Ministerio de la Guerra dentro del plazo señalado en el artículo anterior (…)”


                                               Gaceta de Madrid, 27 de abril de 1931

lunes, 3 de febrero de 2014

Azaña y el Estatuto de Autonomía de Cataluña

Azaña y el Estatuto de Autonomía de Cataluña

No se puede entender la autonomía, no se juzgarán jamás con acierto los proble­mas orgánicos de la autonomía, si no nos libramos de una preocupación: que las regiones autónomas, no digo Cataluña, las regiones, después que tengan la auto­nomía, no son el extranjero, son España, tan España como lo son hoy; quizás más, porque estarán más contentas.

No son el extranjero, por consiguiente, no hay que tomar respecto de las regiones autónomas las precauciones, las reservas, las prevenciones que se tomarían con un país extranjero, con el cual acabásemos de ajustar la paz, para la defensa de los in­tereses españoles. No es eso.

Y, además, hay otra cosa. Que votadas las autonomías, ésta y las de más allá, y creados éste y los de más allá gobiernos autónomos, el organismo de gobierno de la región, en el caso de Cataluña, la Generalidad, es una parte del Estado español, no es un organismo rival, ni defensivo, ni agresivo, sino una parte integrante de la organización del Estado de la República española. Y mientras esto no se comprenda así, señores diputados, no entenderá nadie loquees la autonomía. (...)

Discurso parlamentario de Azaña en las Cortes en 1932.

viernes, 31 de enero de 2014

HISTORIA YOUTUBE

ARTÍCULO COMPLETO SOBRE LA HISTORIA DE YOUTUBE
http://tendenciasweb.about.com/od/videos-y-fotos/a/La-Historia-De-Youtube.htm

Título III del Estatuto de Autonomía de Cataluña (1932)


Título III del Estatuto de Autonomía de Cataluña (1932)

«Art. 14. La Generalidad estará integrada por el Parlamento, el Presidente de la Generalidad y el Consejo ejecutivo.

Las leyes interiores de Cataluña ordenarán el funcionamiento de estos organismos, de acuerdo con el Estatuto y la Constitución.

El Parlamento, que ejercerá las funciones legislativas, será elegido por un plazo no mayor de cinco años, por sufragio universal, directo, igual y secreto.

Los Diputados del Parlamento de Cataluña serán inviolables por los votos u opiniones que emitan en el ejercicio de su cargo.

El Presidente de la Generalidad asume la representación de Cataluña. Asimismo representa a la región en sus relaciones con la República, y al Estado en las funciones cuya ejecución directa le esté reservada al Poder central.

El Presidente de la Generalidad será elegido por el Parlamento de Cataluña, y podrá delegar temporalmente sus funciones ejecutivas, mas no las de representación, en uno de los Consejeros. El presidente y los Consejeros de la Generalidad ejercerán las funciones ejecutivas, y deberán dimitir sus cargos en caso de que el Parlamento les negara de un modo explícito la confianza.»